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Defensoría del Pueblo advierte que en Kañaris debe aplicarse Ley de Consulta Previa

Revisando algunas noticias en la Internet  encontré la siguiente columna que continuación les voy a dejar, con su respectiva imagen y fuente.


 Cualquier decisión administrativa que tome el Estado respecto al controvertido proyecto de exploración minera de la empresa canadiense Candente Copper, en el distrito de Kañaris, deberá pasar por el filtro de la consulta previa, afirmó la Defensoría del Pueblo. Así lo indicó Alicia Abanto Cabanillas, adjunta para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, quien agregó que se necesitaría que dos tercios de los pobladores voten a favor o en contra del proyecto para decidir.

 
Alicia Abanto explicó a diario16 que la población de Kañaris tiene una alta ascendencia quechua, que se manifiesta en que el 64% de ellos tiene a ese idioma andino como lengua materna, antes que el español. Esta característica los incluye dentro del grupo de comunidades a las que aplica la consulta previa.
 
“Hemos advertido al Estado, mediante un oficio, de esa situación. Además, la resolución de fundación de la comunidad campesina San Juan Bautista de Kañaris señala expresamente que también es una comunidad indígena”, declaró Abanto.
 
“La comunidad de San Juan es dueña de las tierras donde se hace la exploración, y en su calidad de comunidad indígena, cualquier decisión administrativa que tome el Estado respecto a sus propiedades está regulada por la Constitución y la ley”, agregó.
 
CUESTIÓN DE LEY


La Defensoría del Pueblo ya intervino en diciembre de 2012 en Kañaris debido a la oposición a la exploración minera, una problemática de larga data que aparentemente se solucionó cuando en setiembre de 2012 una consulta popular (figura legal distinta a la consulta previa), en la que participó el 97% de los pobladores, determinó el cese de la exploración.
 
En diciembre, Cañariaco Copper Perú decidió reiniciar el proyecto amparándose en una consulta realizada meses antes, en la que, según las autoridades de la zona, participó gente “ajena a Kañaris”. Esto también recrudeció las medidas de oposición a la minera.
 
En ese contexto, la Defensoría intervino llamando a la calma e instó al gobierno, a través del Ministerio de Energía y Minas y de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la PCM, en el Oficio Nº 01725-2012-DP del 11 de diciembre de 2012, a “disponer las medidas que correspondan a efectos de viabilizar la instalación de una mesa de diálogo”.
 
El 10 de enero de 2013 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial Nº 002-2013-PCM, que nombró una “Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris”.
 
Sin embargo, la minera continuó con la exploración, acción que, sumada a la participación de la población en el paro del 20 de enero y la posterior intervención de la policía, ocasionó los hechos violentos que terminaron con decenas de heridos.
 
Según señala la Defensoría del Pueblo, de acuerdo al artículo 89º de la Constitución, las comunidades campesinas son reconocidas como personas jurídicas, “y la propiedad de sus tierras es imprescriptible”. Asimismo, según la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, y la Ley Nº 26505, se necesita que dos tercios de los pobladores voten a favor o en contra de la exploración y posterior explotación para que este espinoso tema llegue a buen término.
 

El Dato:
Según ha señalado la minera Candente Copper, los estudios realizados hasta ahora en Kañaris revelarían un asentamiento de cobre similar o mayor al de Toquepala, en Tacna


Mariano Vásquez
mvasquez@diario16.com.pe


FUENTE: Diario 16

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